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La residencia fiscal en España: ¿Qué es y por qué necesita saberlo? Parte I

26 Sep
2017
A judge's gavel and a briefcase illustrating tax residence in Spain.
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La residencia fiscal: ¿Qué es y por qué necesita saberlo?

La residencia fiscal es un concepto jurídico de gran trascendencia a nivel internacional, que determina la obligación de las personas físicas y jurídicas de pagar impuestos en un determinado Estado en calidad de “residente fiscal”; esto quiere decir, en la mayoría de las jurisdicciones, tributar por todas las rentas que se obtengan a nivel mundial (sueldos, pensiones, beneficios de actividades económicas, rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario, ganancias patrimoniales e imputaciones de renta), independientemente del lugar donde se hayan generado. La residencia fiscal, que se establece con relación a cada año fiscal (en España, 1 enero a 31 de diciembre), no está relacionada con la nacionalidad de las personas, ni tampoco forzosamente con su vecindad civil, ni es de libre elección: es una cuestión de hecho, cuyos criterios de fijación se hallan en la legislación fiscal interna de cada Estado.

Si bien no existe una completa homogeneización al respecto, se suelen emplear criterios similares tales como:

  • permanencia en el territorio durante más de la mitad del año (183 días o más)
  • núcleo o centro principal de intereses económicos
  • residencia habitual del cónyuge no separado legalmente y de los hijos menores de edad dependientes

No obstante, pueden existir criterios alternativos o adicionales, particularidades propias de cada país, o incluso presunciones que es preciso conocer.

 

Comprar una propiedad no tiene incidencia

Hay que señalar que, en España, la adquisición de una propiedad inmobiliaria no tiene, por sí sola, ninguna incidencia en la determinación de la residencia fiscal de una persona. ¡Es más bien el tiempo que pasará en ella lo que es importante!

Acuerdos bilaterales entre países

Puede suceder también que las leyes internas de dos Estados coincidan en calificar como residente fiscal en sus respectivos territorios a una misma persona, lo que en principio conllevaría que se produzca una doble imposición, puesto que ésta sería sometida a tributación por su renta mundial en ambos Estados. Para, entre otros motivos, evitar estas situaciones, los Estados firman convenios bilaterales, también conocidos como Convenios de Doble Imposición (CDI), que incorporan criterios específicos para resolver los conflictos de doble residencia que puedan surgir entre los dos Estados firmantes.

Solicite su Certificado de Residencia Fiscal

A la hora de poder acreditar la residencia fiscal en un determinado Estado frente a otro, resulta primordial que la persona solicite un Certificado de Residencia Fiscal ante la Administración Tributaria de su Estado de residencia, puesto que en la práctica es el medio de prueba que goza de mayor aceptación. Otros supuestos elementos de prueba como certificados de empadronamiento, facturas de suministros, etc. no tienen ningún reconocimiento a estos efectos, si no van acompañados de un Certificado de Residencia Fiscal.

La próxima semana profundizaremos más sobre este tema: ¿Por qué debe pagar usted impuestos en Estados donde no es residente?

 

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